Pablo Torres Corpus.

Artículos e información diversa sobre economía, política y cultura general. Publicados en Jerez, Zacatecas, México, en semanario "El Alacrán", Diario IMAGEN www.imagenzac.com.mx

Nombre: Pablo Torres Corpus
Ubicación: Jerez, Zacatecas, Mexico

domingo

Refrendo del Referendo y Punto Final.

A una semana de haberse aprobado la consulta sobre la reforma petrolera no hay claridad en quién, cómo o cuándo se organizará. Leticia Soto Acosta, consejera Presidente del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) ha manifestado que: "la Ley de Participación Ciudadana del IEEZ no contempla el ejercicio de una consulta popular y por tanto no hay un instrumento preciso y una visión clara de cómo llevar a cabo esto" (Pagina 24, 26/06/2008).

Insistimos, bienvenidas las consultas populares pero para todos o al menos la mayoría de los asuntos de trascendencia pública, a muchos nos gustaría ver a nuestros diputados proponiendo una consulta pública para saber si se aprueba o no el presupuesto de egresos o si es conveniente que el Estado adquiera deuda o se cobre impuesto sobre nomina, esos temas también tienen influencia directa en la vida de los zacatecanos.

Se afirmado que cuando el asunto sea trascendente amerita conocer directamente la opinión ciudadana, ¿entonces porqué no se convocó a consulta hace unos meses cuando el congreso estatal aprobó la modificación la Constitución Política de nuestro país a propósito de la nueva legislación electoral? ¿O a partir de ahora se propondrán consultas para temas trascendentales?

El ensayo Teoría del Referéndum y Modelos de Democracia Participativa de Emilio Velazco Gamboa disponible en www.tuobra.unam.mx se ha convertido en referencia socorrida para la promoción de la consulta en Zacatecas, dicho documento señala las diferencias entre referéndum y plebiscito, además de la historia del referendo en varios países del mundo.

Algo que el mencionado ensayo señala y los promotores de la consulta no comentaron es que los países que recurren o han recurrido a los referendos de tipo constitucional, legislativo, administrativo, facultativo u obligatorio, cuentan con larga tradición y específicos mecanismos legales y logísticos para consultar al pueblo, no consultan al calor de la urgencia de legitimarse políticamente.

Solo por mencionar dos casos representativos, España desde 1931 contempla en su constitución el referendo y las formas de realizarlo. Francia tiene antecedentes de referendos constitucionales desde 1799 y cuenta con un Consejo Constitucional que asegura el buen funcionar de los referendos.

Atinadísimamente se afirma que lo diputados no son todologos y pueden echar mano de los mecanismos de consulta, excelente, pero porque no echar mano de los mecanismos que prevé la Constitucional zacatecana como los foros, por cierto que los foros de consulta para la ley antigraffiti y de desarrollo social, sin protagonismo tuvieron excelente y contundente participación ciudadana.

El Senado de la República organizó foros sobre la reforma petrolera, la participación ha sido excepcional y las posiciones claras, en Zacatecas se pueden aprovechar las "vacaciones" en el congreso local para que el Legislativo organice foros como los del Senado. Bienvenidas referendos, foros y hasta encuestas pero no de microondas.

PUNTO FINAL.
El diccionario panhispánico de dudas de la Real Academia Española señala: referendo: procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos. Debe preferirse esta forma hispanizada a la variante etimológica latina referéndum.

PABLO TORRES CORPUS.
torrescorpus@hotmail.com

IMAGEN dos de julio de 2008. Zacatecas, Zac.

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